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circa 1446 BC

Sinai & The Law

God meets Israel at Mount Sinai, reveals the Ten Commandments, and establishes the Tabernacle and the priestly covenant.

1,657 versículos · 2 libros abarcados

Versículos de este periodo

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  1. Levítico 25:4c. 1491 a. C.

    Y el séptimo año la tierra tendrá sábado de reposo, sábado a Jehová; no sembrarás tu tierra, ni podarás tu viña.

  2. Levítico 25:5c. 1491 a. C.

    Lo que de suyo naciere en tu tierra segada, no lo segarás; y las uvas de tu viñedo no vendimiarás; año de reposo será a la tierra.

  3. Levítico 25:6c. 1491 a. C.

    Mas el sábado de la tierra os será para comer; para ti, y para tu siervo, y para tu sierva, y para tu criado, y para tu extranjero que morare contigo:

  4. Levítico 25:7c. 1491 a. C.

    Y para tu animal, y para la bestia que hubiere en tu tierra, todo el fruto de ella será para comer.

  5. Levítico 25:8c. 1491 a. C.

    Y te has de contar siete semanas de años, siete veces siete años; de modo que los días de las siete semanas de años vendrán a serte cuarenta y nueve años.

  6. Levítico 25:9c. 1491 a. C.

    Entonces harás resonar la trompeta del jubileo en el mes séptimo a los diez [días] del mes; el día de la expiación haréis resonar la trompeta por toda vuestra tierra.

  7. Levítico 25:10c. 1491 a. C.

    Y santificaréis el año cincuenta, y pregonaréis libertad en la tierra a todos sus moradores; éste os será jubileo; y volveréis cada uno a su posesión, y cada cual volverá a su familia.

  8. Levítico 25:11c. 1491 a. C.

    El año de los cincuenta años os será jubileo: no sembraréis, ni segaréis lo que naciere de suyo en la tierra, ni vendimiaréis sus viñedos:

  9. Levítico 25:12c. 1491 a. C.

    Porque es jubileo; santo será a vosotros; el producto de la tierra comeréis.

  10. Levítico 25:13c. 1491 a. C.

    En este año de jubileo volveréis cada uno a su posesión.

  11. Levítico 25:14c. 1491 a. C.

    Y cuando vendiereis algo a vuestro prójimo, o comprareis de mano de vuestro prójimo, no engañe ninguno a su hermano:

  12. Levítico 25:15c. 1491 a. C.

    Conforme al número de los años después del jubileo comprarás de tu prójimo; conforme al número de los años de los frutos te venderá él a ti.

  13. Levítico 25:16c. 1491 a. C.

    Conforme a la multitud de los años aumentarás el precio, y conforme a la disminución de los años disminuirás el precio; porque según el número de los rendimientos te ha de vender él.

  14. Levítico 25:17c. 1491 a. C.

    Y no engañe ninguno a su prójimo; mas tendrás temor de tu Dios: porque yo soy Jehová vuestro Dios.

  15. Levítico 25:18c. 1491 a. C.

    Ejecutad, pues, mis estatutos, y guardad mis derechos, y ponedlos por obra, y habitaréis en la tierra seguros;

  16. Levítico 25:19c. 1491 a. C.

    Y la tierra dará su fruto, y comeréis hasta saciaros, y habitaréis en ella con seguridad.

  17. Levítico 25:20c. 1491 a. C.

    Y si dijereis: ¿Qué comeremos el séptimo año? he aquí no hemos de sembrar, ni hemos de recoger nuestros frutos:

  18. Levítico 25:21c. 1491 a. C.

    Entonces yo os enviaré mi bendición el sexto año, y dará fruto por tres años.

  19. Levítico 25:22c. 1491 a. C.

    Y sembraréis el año octavo, y comeréis del fruto añejo; hasta el año noveno, hasta que venga su fruto comeréis del añejo.

  20. Levítico 25:23c. 1491 a. C.

    Y la tierra no se venderá para siempre, porque la tierra es mía; pues vosotros peregrinos y extranjeros sois para conmigo.

  21. Levítico 25:24c. 1491 a. C.

    Por tanto, en toda la tierra de vuestra posesión, otorgaréis redención a la tierra.

  22. Levítico 25:25c. 1491 a. C.

    Si tu hermano empobreciere, y vendiere algo de su posesión, su pariente más cercano vendrá y redimirá lo que su hermano hubiere vendido.

  23. Levítico 25:26c. 1491 a. C.

    Y cuando el hombre no tuviere redentor, pero consiguiere lo suficiente para su redención;

  24. Levítico 25:27c. 1491 a. C.

    Entonces contará los años de su venta, y pagará lo que quedare al varón a quien vendió, y volverá a su posesión.

  25. Levítico 25:28c. 1491 a. C.

    Pero si no consiguiere lo suficiente para recobrarlo para sí, entonces lo que vendió quedará en poder del que lo compró hasta el año del jubileo; y en el jubileo saldrá, y él volverá a su posesión.