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Versículos bíblicos sobre Redemption
Versículos clave
el Ángel que me liberta de todo mal, bendiga a estos muchachos; y mi nombre sea nombrado en ellos, y el nombre de mis padres Abraham e Isaac, y multiplíquense en gran manera en medio de la tierra.
Por tanto dirás a los hijos de Israel: YO JEHOVÁ; y yo os sacaré de debajo de las cargas de Egipto, y os libraré de su servidumbre, y os redimiré con brazo extendido, y con juicios grandes:
Y cuando Jehová te hubiere metido en la tierra del cananeo, como te ha jurado a ti y a tus padres, y cuando te la hubiere dado,
apartarás para Jehová todo lo que abriere la matriz y todo primogénito de tus animales; los machos [serán] de Jehová.
Mas todo primogénito de asno redimirás con un cordero; y si no lo redimieres, entonces le quebrarás su cerviz. Asimismo redimirás todo humano primogénito de tus hijos.
Y cuando mañana te preguntare tu hijo, diciendo: ¿Qué es esto? Le dirás: Jehová nos sacó con mano fuerte de Egipto, de casa de servidumbre;
Y endureciéndose Faraón en no dejarnos ir, Jehová mató en la tierra de Egipto a todo primogénito, desde el primogénito humano hasta el primogénito de la bestia: y por esta causa yo sacrifico para Jehová todo primogénito macho, y redimo todo primogénito de mis hijos.
Cuando tomares el número de los hijos de Israel conforme a la cuenta de ellos, cada uno dará a Jehová el rescate de su persona, cuando los contares, para que no haya en ellos mortandad cuando los hayas contado.
Esto dará todo el que pasare entre los que serán contados, medio siclo conforme al siclo del santuario. El siclo es de veinte geras; la mitad de un siclo será la ofrenda a Jehová.
Cualquiera que pasare entre los que serán contados, de veinte años arriba, dará la ofrenda a Jehová.
Ni el rico aumentará, ni el pobre disminuirá de medio siclo, cuando dieren la ofrenda a Jehová para hacer expiación por vuestras almas.
Si tu hermano empobreciere, y vendiere algo de su posesión, su pariente más cercano vendrá y redimirá lo que su hermano hubiere vendido.
Y cuando el hombre no tuviere redentor, pero consiguiere lo suficiente para su redención;
Entonces contará los años de su venta, y pagará lo que quedare al varón a quien vendió, y volverá a su posesión.
Pero si no consiguiere lo suficiente para recobrarlo para sí, entonces lo que vendió quedará en poder del que lo compró hasta el año del jubileo; y en el jubileo saldrá, y él volverá a su posesión.
Y el varón que vendiere una casa de habitación en una ciudad amurallada, tendrá facultad de redimirla hasta acabarse el año de su venta; un año será el término en que podrá redimirla.
Y si no fuere redimida dentro de un año entero, la casa que estuviere en la ciudad amurallada quedará para siempre para aquel que la compró, y para sus descendientes; no saldrá en el jubileo.
Mas las casas de las aldeas que no tienen muro alrededor, serán estimadas como tierras del campo; tendrán redención, y saldrán en el jubileo.
En cuanto a las ciudades de los levitas, siempre podrán los levitas redimir las casas de las ciudades que poseyeren.
Y el que comprare de los levitas, saldrá de la casa vendida, o de la ciudad de su posesión, en el jubileo: por cuanto las casas de las ciudades de los levitas es la posesión de ellos entre los hijos de Israel.
Mas la tierra del ejido de sus ciudades no se venderá, porque es perpetua posesión de ellos.
Y si el peregrino o extranjero que está contigo se enriqueciere, y tu hermano que está con él empobreciere, y se vendiere al peregrino o extranjero que está contigo, o a alguno de la familia del extranjero;
después que se hubiere vendido, podrá ser redimido; uno de sus hermanos podrá redimirlo;
o su tío, o el hijo de su tío podrán redimirlo, o un pariente cercano de su familia podrá redimirlo; o si sus medios alcanzaren, él mismo podrá redimirse.
Y hará cuentas con el que lo compró, desde el año en que se vendió a él, hasta el año del jubileo; y el precio de su venta será conforme al número de los años, y se hará con él conforme al tiempo de un siervo asalariado.